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MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN COMUNITARIO A LA SITUACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR CUENTA PROPIA

¿QUÉ ES?

 

Es una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia que podrá obtener un extranjero que haya cesado como titular de una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión por nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o cancelación de la inscripción como pareja registrada.

Se deberá presentar dentro de los tres meses siguientes a la notificación de la nulidad, divorcio o cancelación de la inscripción.

¿DÓNDE SE SOLICITA?

 

Presencialmente, ante la Oficina de Extranjería o electrónicamente, a través de la Plataforma de Extranjería Mercurio.

¿QUÉ REQUISITOS SE EXIGEN?

 

1/ Formulario de solicitud EX-07.

 

2/ Original y fotocopia de TODAS las páginas del pasaporte en vigor.

 

3/ Fotocopia de la tarjeta cuya renovación se solicita.

 

4/ Volante o certificado de empadronamiento de convivencia.

 

5/ Documentación que acredite haber sido titular de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión (en su caso, certificado matrimonio o inscripción de pareja de hecho para comprobar que no había perdido el derecho a la tarjeta de familiar comunitario) y haber cesado en tal condición.

En caso de nulidad matrimonial, divorcio o cancelación de la inscripción como pareja registrada, documentación que acredite la duración del matrimonio, o tener otorgada la custodia, o que han existido circunstancias de violencia de género o el derecho de visitas.

 

6/ Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o países en que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a su entrada en España (traducidos y legalizados).

 

7/ En el supuesto de estar en alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social como trabajador por cuenta propia se presentará: último recibo del IAE o alta en el IAE.

 

8/ En el supuesto de NO estar en alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social como trabajador por cuenta propia deberá aportar:

 

  • Autorizaciones de las licencias y permisos necesarios para la realización de la actividad.

  • Copia de la documentación que acredite poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.

  • Acreditación de que se cuenta con inversión económica suficiente, o compromiso de apoyo por parte de instituciones financieras y otras.

  • Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, en su caso, puestos de trabajo cuya creación se prevea.

  • Los tres últimos apartados pueden ser acreditados por informe de valoración emitido por una de las siguientes organizaciones, entre otras:

    • Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y Trabajadores Autónomos (ATA)

    • Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA)

    • Confederación Intersectorial de Autónomos del Estado Español (CIAE)

    • Organización de Profesionales y Autónomos (OPA)

    • Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE).

  • Poder acreditar que cuenta con recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento, una vez deducidos los necesarios para el mantenimiento de la actividad.

 

9/ En su caso, certificado que acredite la escolarización de los menores a su cargo que estén en edad de escolarización obligatoria.

 

10/ Justificante del pago de las siguientes tasas:

 

  • Modelo 790, Código 052 epígrafe 2.1 “autorización inicial de residencia temporal”.

  • Modelo 790 código 062 epígrafe 1.5 "Autorizaciones de trabajo por cuenta propia". 

Llamar

+34 683 276 009 

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